Obligatoriedad de hacer visita previa de la Residencia antes del ingreso de la persona con discapacidad.El día de ingreso se precisa la siguiente documentación: DNI, Tarjeta Sanitaria, Informe/s Médico/s actualizadas detallando tratamiento médico en caso de precisar, copia del Certificado de Minusvalía, copia de Resolución del Grado de Dependencia y/o Programa Individual de Atención, copia de Sentencia de Incapacidad/tutela en caso de estar incapacitada/tutelada, copia del seguro de Decesos si posee la persona con discapacidad. Firmar las correspondientes autorizaciones de la Residencia.
Condiciones Generales de admisión
- Mujeres mayores de 18 años.
- Tener reconocida la condición legal de persona con discapacidad con diagnostico definido como retraso mental, deficiencia mental, o tener una discapacidad intelectual reconocida. Documento acreditativo mediante el certificado de Minusvalía del IMSERSO de la Comunidad de Madrid.
- Tener reconocido el Grado de Dependencia la persona con discapacidad, a través del correspondiente documento o Resolución. Poseer el Programa Individual de Atención (PIA) con Resolución de propuesta de Atención de Servicio residencial para personas con Discapacidad. Documentos acreditativos de la Dirección General de Dependencia de la Comunidad de Madrid.
- Solicitud tipo de “Centros y adjudicación de plazas en centros de atención a Personas con Minusvalía afectadas de Deficiencia Mental” en el Centro de Servicios Sociales de los municipios de la Comunidad de Madrid.
Una vez realizadas todas las gestiones administrativas, la Consejería de Familias, Políticas Sociales, Igualdad y Natalidad, adjudica la plaza “publica” a través de comunicación escrita.
Condiciones particulares de admisión
Posibles preguntas
¿Cuenta la Residencia con plazas privadas?
No, todas las plazas son concertadas con la Consejería de Políticas Sociales y Familia de la Comunidad de Madrid. Por tanto es ésta Entidad, quién adjudica las plazas de ingreso.
¿Qué tipo de plazas existen en la Residencia?
El centro posee 3 tipos de plazas que se ajustan a los perfiles y nivel de atención correspondientes:
- 14 plazas RESCO (plaza en residencia para personas con discapacidad intelectual con actividad ocupacional).
- 45 plazas RESHOGAR (plaza en residencia para personas con discapacidad intelectual con actividad ocupacional para personas mayores de 45 años o prematuramente envejecidas).
- 90 plazas de RESCD (plaza en residencia para personas con discapacidad intelectual gravemente afectadas con Centro de Día).
¿Tengo que pagar algo por la plaza?
No, la plaza es pública y por tanto sufragada por la Comunidad de Madrid. El pliego de condiciones técnicas (prescripciones técnicas y obligaciones) contratado con la Comunidad de Madrid, si obliga a pagar los siguientes servicios y/o productos: ocio, productos de higiene/limpie, material de incontinencia (pañales o similares), hacerse cargo de los medicamentos y material sanitario que no está sufragado por el sistema de Salud Público, hacerse cargo del porcentaje de los medicamentos que si financia la Sanidad Pública, corte y arreglo de cabello, depilación, servicios de podología y odontología, prótesis, órtesis o cualquier ayuda técnica (cinturón, cinchas, o similares), y acompañamientos médicos cuando la familia no pueda realizarlos.
¿Se puede tener también otras discapacidades para poder acceder a la Residencia?
Sí, siempre que la principal sea la discapacidad psíquica.
¿Tiene que ser la discapacidad intelectual de nacimiento?
No, siempre que se tenga reconocida la misma en el certificado de minusvalía del Centro Base.
¿Dónde se solicita el grado de minusvalía?
En los Centros Base de la Comunidad de Madrid.
¿Donde se solicita el grado de dependencia?
¿Dónde se realiza la solicitud de Centro de discapacitado?